miércoles, 31 de agosto de 2011

INCUMPLIMIENTO DE CONVENIO JORNADAS

Estos últimos 3 días hemos podido comprobar como al eliminar Servicios de manera arbitraria por parte de Tráfico, (Reino de Taifas), se aumentaba la jornada a algunos de los servicios. En algunos casos incumpliendo el Art 4º del Convenio "La jornada máxima diaria para un conductor cobrador será de 9 horas" ,y también "el turno de mañana podrá establecerse entre las 04:30 y las 15:30; el de Tarde entre las 13:30 y las 00:30" .

En el caso de las jornadas partidas el incumplimiento del Convenio lo encontramos también en el Art 4º "La jornada partida para conductores cobradores, podrá establecerse hasta en un máximo de tres periodos con una duración mínima de de 1 hora y desde el comienzo del primero hasta el final del ultimo, no podrán transcurrir más de 12 horas".

Otra vez mas comprobamos como la mala planificación de la Empresa repercute en incumplimientos de Convenio, desde la Sección Sindical de LAB hemos solicitado que se convoque Comisión Mixta, a pesar de que se nos negará el acceso como viene siendo habitual.

Mas alla del regimen interno que el Comité y sus organos habiliten creemos que estos hechos deben ser denunciados ante Inspección de Trabajo, para que así conste en un futuro, en caso de persistir actitudes por parte de los nuevos "Califas" de explotación.

Os animamos tambien a que aporteis las tiras de servicio en las que se asignan estan jornadas.


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